Corte argentina frena 83 artículos de la reforma laboral de Milei

Buenos Aires. Después de una demanda de la CGT (Confederación General de Trabajadores), de orientación peronista, la Corte Nacional del Trabajo suspendió gran parte de la reforma del mercado laboral aprobada por el Congreso en marzo con una medida cautelar. La suspensión de un total de 83 artículos se justificó porque potencialmente afectaban los derechos constitucionales de los trabajadores. Entre ellos se incluyen, entre otras cosas, artículos que suprimen el principio de derechos indispensables, flexibilizan los horarios de trabajo, simplifican los despidos improcedentes mediante un nuevo fondo de asistencia laboral o restringen la libertad sindical regulando las reuniones y las huelgas.

El tribunal, presidido por el juez Raúl Ojeda, subrayó que los derechos de los trabajadores gozan de protección constitucional primaria y que cualquier restricción debe ser compensada con mejoras concretas, lo que no ocurre con la nueva ley del mercado laboral. La orden permanece vigente hasta que se aclare definitivamente la constitucionalidad de la ley. El juez destacó la necesidad de evitar consecuencias jurídicas irreversibles y llamó al gobierno a presentar sus argumentos en defensa de la ley.

Inmediatamente después, el gobierno argentino anunció que apelaría la medida cautelar. El Ministerio responsable de “Capital Humano”, encabezado por Sandra Petovello, afirmó que “se agotarán todos los medios legales necesarios” para garantizar la “plena implementación de la Ley de Modernización Laboral 27.802”.

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El ministerio dijo que estaba comprometido a defender la ley, diciendo que era una “expresión de la voluntad legislativa y el mandato del actual gobierno”. Fue adoptado por una mayoría del Congreso Nacional y fue diseñado como un “instrumento para crear empleo formal, mejorar la competitividad y fortalecer la seguridad jurídica para empleados y empleadores”. “Rechazarán los intentos de quienes quieren obstaculizar las reformas necesarias”.

El prolongado enfrentamiento sobre las reformas del mercado laboral de Milei (Amerika21 informó aquí y aquí) está entrando en una nueva ronda legal. Mientras sindicatos y oposición celebraban la suspensión temporal, voces cercanas al gobierno cuestionaron la competencia del tribunal laboral.

“La demanda de la CGT está dirigida contra el Estado argentino, no contra empresas privadas. Por lo tanto, el tribunal administrativo tiene competencia”, explicó el abogado laboralista Julián de Diego, coautor del texto legal. El juez del juzgado laboral competente núm. 63 justificó su intervención en el contenido laboral de la demanda. Sin embargo, la demanda se dirige contra el Estado, que es el responsable de promulgar las leyes.