Buenos Aires. En otro acto del procesamiento judicial (lawfare) de la expresidenta Cristina Kirchner, la Corte Suprema confirmó una vez más una decisión de los tribunales inferiores al abstenerse. Se trata en esta ocasión del cálculo del monto de la indemnización que deberán pagar los condenados en el juicio de obras públicas de la provincia de Santa Cruz.
Como recordatorio: Cristina Kirchner y otros acusados fueron condenados porque al empresario Lázaro Báez supuestamente se le adjudicaron 51 contratos de construcción pública en la provincia de Santa Cruz entre 2009 y 2015, causando miles de millones de dólares en daños al Estado (informó Amerika21).
El juicio en sí fue escandaloso. La presidenta no era responsable de la gestión del presupuesto estatal ni de los proyectos de construcción provinciales, no fue mencionada ni una sola vez por los testigos en dos años y su firma no apareció en ningún documento. El razonamiento detrás del veredicto fue, a diferencia de la acusación original, que como presidenta ella debía haber sabido lo que estaba sucediendo bajo su administración. También fue acusada de firmar en 2009 un decreto que regulaba la administración de fondos para contratos públicos. Sin embargo, esto se aplicó a todo el país y no sólo a esta provincia y sigue vigente en la actualidad.
Tampoco se demostró que hubiera recibido pagos o beneficios ilegales. Fue absuelta de los cargos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero en dos juicios anteriores y uno paralelo.
¿Sin publicidad, sin muro de pago, pero aún así hay noticias de América Latina?
Esto sólo es posible con donaciones de nuestros lectores. Apóyanos ahora.
Pero según los abogados, la determinación del supuesto daño también es una pura construcción: contrariamente a lo que afirma la defensa, en el juicio sólo se examinaron tres de 51 proyectos, pero los resultados contradictorios fueron rechazados por los jueces. Luego analizaron ellos mismos un solo caso y concluyeron que se habían producido precios excesivos. Luego lo proyectaron en las 50 órdenes restantes y extrapolaron el daño que tendrían que pagar los demandados.
Los fiscales quieren ahora confiscar un total de 22 propiedades pertenecientes a la familia Kirchner. Sin embargo, algunos de ellos pertenecen a su hijo Máximo Kirchner y a su hija Florencia como herederos de su padre y expresidente Néstor Kirchner, fallecido en 2010. Ninguno de los dos fue imputado en este juicio. En otro juicio, que ya fue suspendido, fueron acusados de “organización criminal” por presuntos hechos en los que Florencia tenía apenas doce años. Debido al estrés causado por la persecución de la prensa y el poder judicial, enfermó gravemente.
Los jueces superiores volvieron a aplicar el polémico artículo 280 del Código de Procedimiento Civil, según el cual pueden abstenerse de evaluar un caso sin dar los motivos. Ya lo habían hecho respecto de la sentencia principal. De los nueve miembros del Tribunal Supremo, sólo tres siguen en sus cargos porque las ausencias por muerte y vejez no han sido reemplazadas. Dos de ellos fueron designados inconstitucionalmente por el presidente Mauricio Macri. Uno de ellos, Carlos Rosenkrantz, fue durante mucho tiempo abogado del grupo de medios Clarín, enemigo declarado del ex presidente Kirchner.